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De jubilados, blanqueos y otras yerbas
Un "ómnibus" cargado de sorpresas
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El cuerpo completo de la propuesta de ley que el gobierno nacional giró a Diputados contiene una serie de puntos que modifican el funcionamiento actual de algunas áreas del Estado. ¿Qué fines persigue realmente la “ley ómnibus”?
Publicada el en Reflexiones

Detrás de lo que desde los medios se ha empezado a denominar “ley ómnibus” y que concentra la atención en el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de capitales, el oficialismo modifica normativas que han sido fundamentales para la última década del país. Partiendo del sistema previsional, el cuerpo completo de la propuesta puesta en discusión avanza sobre la reforma del sistema tributario, la libertad de expresión y el acceso a la información pública.

En el marco de la norma general que lleva el nombre oficial de Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, el Gobierno nacional busca corregir por vía legislativa un problema que podría solucionarse por directa decisión de las autoridades del Poder Ejecutivo. El envío del proyecto al Congreso parece esconder dos razones. Por un lado, el fin político de imponer un tema en la agenda a partir del cual la actual administración puede sumarse unos porotos a favor en el grueso de una opinión pública que le comienza a ser adversa. Por otro, incluir en el articulado de la ley una serie de modificaciones que, atadas al sistema previsional argentino, buscan modificarlo de modo abrupto.

En su artículo 12, el proyecto crea el Consejo de Sustentabilidad Previsional. A ese nuevo órgano que funcionará en la órbita del Ministerio de Trabajo se le ordena elaborar un proyecto de ley “que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario y sustentable”. Para eso, que en el fondo es una modificación del régimen previsional que regirá en todo el país, el Consejo tendrá un plazo que no deberá superar los tres años. En ese trabajo, diferentes economistas y técnicos allegados al oficialismo han recomendado la posibilidad de elevar la edad jubilatoria, que hoy es de 65 años para los hombres y 60 para las mujeres. De hecho, el artículo que establece la pensión universal, unifica las edades en los 65 años. Por lo que no sería descabellado pensar en un sistema que intente avanzar en ese sentido.

Otro de los puntos conflictivos que el proyecto propone en su articulado y que aparece como un problema neurálgico a la hora de “negociar” con la oposición es el que autoriza al Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSES a disponer de las acciones en empresas privadas. Es decir, a poder venderlas.

Cuando la administración que encabezó Cristina Fernández decidió reestatizar el sistema previsional, el Estado nacional se encontró con una serie de acciones que las AFJP habían adquirido con los fondos de las jubilaciones. Esa situación hizo partícipe al Estado Argentino de los activos en un conjunto de empresas privadas entre las que se destacan, por ejemplo, grupos como Clarín, Techint, Ledesma S.A y Holcim-Minetti, por nombrar algunas. 

La sola idea de desprenderse de esas acciones y, de esa manera, correr el riesgo de desfinanciar al ANSES, es algo a lo que el grueso de los bloques opositores se opone en primera lectura.

El capítulo 3 del proyecto detalla una adecuación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad que establece quince modalidades de inversión para los activos disponibles en los que se contemplan varias posibilidades para “hacer trabajar” los dineros que hoy son públicos. Pero este punto tiene, además, una situación reglamentaria especial, ya que en la última parte de la administración anterior, el Congreso aprobó una norma que estableció la necesidad de contar una mayoría agravada de dos tercios para autorizar la venta de las acciones. Si el proyecto se aprueba tal cómo está la discusión girará en torno a la legitimidad de una votación que, en primera instancia, no alcanzaría ese número de voluntades o si la simple aprobación del proyecto oficial trae consigo la derogación de la norma aprobada en esa última etapa del kirchnerismo. 

Blanqueo opaco

Entre los apartados que se analizan para blanquear activos no declarados, el proyecto oficial también esconde algunas normas que van en contra de las normativas que incluso el propio gobierno de Cambiemos ha impulsado. En el marco de la creación del “Régimen de Sinceramiento Fiscal”, el oficialismo contempla una protección a quienes decidan declarar sus activos escondidos. Por eso, quienes decidan hacerlo, “quedan liberados de toda acción civil y por delitos de la ley penal tributaria, penal cambiaria, aduanera e infracciones administrativas que pudiera corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes y tenencias que se declaren”.

Más allá de esa serie de beneficios a los que se suman otros indultos, el proyecto oficial quiere garantizar a los blanqueadores la reserva de su identidad y para eso avanza sobre derechos adquiridos.  En su art 85, el proyecto dice que “los magistrados, funcionarios judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los declarantes del Título I del Libro II de la presente y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal. Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado”. Es decir que la protección no sólo va en contra de las garantías constitucionales en torno a la libertad de expresión y de prensa, sino que contraría la Ley de Acceso a la Información Pública impulsada por el propio Mauricio Macri, que se aprobó con amplio acuerdo parlamentario y que busca  facilitar el acceso a la información estatal en pos de “transparentar la gestión pública.”

Para una anotación final quedará el art 76 del proyecto que crea la Comisión Bicameral para la Reforma Tributaria, que funcionará en el ámbito del Poder Legislativo y tendrá como objetivo analizar y evaluar propuestos por el Poder Ejecutivo en pos de la modificación integral del sistema tributario en la Argentina. Es decir que el Gobierno nacional también anticipa ese movimiento en ese proyecto de ley que, detrás de dos grandes títulos, intenta modificar algunos aspectos centrales del funcionamiento del Estado tal cual lo hemos conocido durante la última década.

César Martín Pucheta
- Periodista -