Para el abogado penalista Carlos Hairabedián, de dilatada trayectoria en los tribunales de la provincia, el Poder Judicial de Rio Cuarto ha hecho méritos suficientes para que la ciudad sea considerada “la capital del indicio”. Según el letrado, los magistrados riocuartenses que condenaron a 15 años de prisión a Sergio Medina por el homicidio de Claudia Muñoz, hacen honor al cuento “El jardín de los senderos que se bifurcan”, de Jorge Luis Borges. Solo que en el caso del Imperio cultivan un jardín “lleno de malezas” que convierte a los ciudadanos en potenciales víctimas de la (in)justicia.
En su escrito, de fuerte tono político, Hairabedián se pregunta cómo es posible que el colectivo de mujeres de Río Cuarto no tomara como propia la acusación contra Medina si se pensara que éste realmente era un femicida, y que los organismos de Derechos Humanos cuestionaran su condena por considerarla arbitraria, corporativa y carente de pruebas. “No hay recurso alguno que pueda prescindir de semejante reacción pública, ni mirada judicial que la eluda”, advierte el letrado, que resalta el evidente divorcio existente entre la condena judicial impugnada y la percepción social del crimen.
A la pandemia mundial del coronavirus -advierte Hairabedián-, Río Cuarto suma un padecimiento igualmente mortal: “la arbitrariedad judicial, provocada por la conjunción letal de ciudadanos comunes y jueces técnicos”. Y acusa al jurado popular y los jueces técnicos que condenaron a Medina de omitir principios básicos del derecho como el de razón suficiente, sana crítica racional y valoración de la prueba, amén de ignorar el precepto constitucional in dubio pro reo, que ante la duda debe beneficiar siempre al imputado.
El abogado de la familia Medina acusa al tribunal de haber hecho una lectura caprichosa de las pruebas: “Hubo una valoración incompleta de datos elegidos arbitrariamente sin el indispensable ensamble de las diversas piezas incorporadas, privando al sentenciado de conocer el rechazo motivado de su descargo, con lo cual se viola su derecho a la defensa, toda vez que la condena obedece a la pura voluntad del juzgador”. En este sentido, sostiene que si bien los indicios acumulados en la causa alcanzan para acreditar que Medina estuvo en Río Cuarto el día que asesinaron a Muñoz, de ninguna manera lo ubican en la escena del crimen.
Esos indicios, lejos de conformar una acusación coherente y consistente, fueron utilizados para sostener meras especulaciones del tribunal. Por caso, advierte Hairabedián, “no está acreditado que el imputado entrara o saliera del negocio” de la víctima. Y que por tanto la desaparición de la supuesta ficha con la deuda de Medina como el hallazgo de una campera azul -con sangre y la marca de la palma de una mano- que supuestamente retiraría ese día y lo incriminarían “es pura especulación, sino imaginación de una secuencia novelesca”.
Además de las especulaciones y forzamiento de indicios para inculpar a Medina, Hairabedián acusa al tribunal de haber omitido prueba dirimente para establecer su inocencia, como las pericias científicas que determinaron que la sangre en la campera azul era de la víctima y que no había sangre en la ropa secuestrada a Medina. Contrariamente a lo dispuesto en la sentencia, “toda la evidencia científica elimina la presencia del acusado en el lugar del hecho”. A lo que se suma el concluyente resultado de la pericia psiquiátrica realizada al imputado, que determinó que atacar con un cuchillo a una mujer indefensa “no es acorde a los rasgos de personalidad de Medina”.
El perito psiquiatra determinó que en la personalidad de Medina se conjugan “frialdad emocional y aplanamiento afectivo”, que es una persona introvertida, solitaria, asexuada e incapaz de planificar. “¿Qué hizo el tribunal ante la conclusión desincriminante del perito oficial? -se pregunta Hairabedián-. So pretexto de que la pericia no lo vincula, que debe considerar todo el cuadro probatorio (su cuadro probatorio), se apartó de la afirmación pericial, y sin fundamento científico alguno u otra opinión contraria a la del experto, ensayó su propia teoría, y encontró en la enfermedad del padre el desborde emocional de Medina que lo llevó a cometer un homicidio. Lisa y llanamente, pura arbitrariedad”.
Tras destruir uno a uno los fundamentos del fallo de la Cámara Primera del Crimen -que integran Virginia Emma y los entonces debutantes Daniel Vaudagna y Natacha García-, Hairabedián pide al Tribunal Superior de Justicia que deje sin efecto la condena y absuelva a Sergio Medina de la autoría del crimen de Claudia Muñoz. Y hace la reserva federal para acudir en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de ser necesario.