El 29 de diciembre de 2011, la familia Garade Panetta –que años después publicitaría las bondades de su selecto estudio jurídico en las páginas de la revista Caras- acudió al productor agropecuario Luis Tomás González para pedir un préstamo de casi 2,5 millones de dólares. Firmaron el contrato la hoy diputada provincial Verónica Garade Panetta, su hermano Facundo y su madre María Teresa Panetta. Pero los Garade Panetta nunca terminaron de pagar su deuda y poco más de una década después, el acreedor se encuentra en situación de absoluta indefensión ante un fallo temerario del máximo tribunal de la provincia, que además de ir en contra de lo decidido en todas y cada una de las instancias judiciales inferiores (jueces de primera instancia y Cámaras de Apelación), contradice su propia doctrina y jurisprudencia. El insólito fallo lleva la rúbrica de los tribunos Domingo Sesín –flamante presidente del cuerpo-, Luis Angulo y María Cáceres de Bollati (sí, la misma que todavía no explicó por qué el TSJ le concedió discrecionalmente un auto de alta gama a la clínica donde trabaja su hermana Mercedes, información publicada -y nunca desmentida- por esta revista en septiembre del año pasado).
Según el contrato de préstamos de dinero o mutuo al que tuvo acceso esta revista, González le prestó a la sociedad TVF S.A. –inscripta por los Garade Panetta en junio de 2009 ante Inspección de Sociedades Jurídicas de Córdoba- la suma de 2.048.500 dólares, que debían ser devueltos en seis cuotas anuales y consecutivas de 341.416, con un interés del tres por ciento anual sobre cada cuota a devengar, lo que arrojaba cuotas sucesivas adicionales de U$ 10.242, U$ 20.848, U$ 30.727, U$ 40.969, U$ 51.212 y U$ 61.454. Se emitieron seis pagarés fechados en octubre de cada año (2012 a 2017). La cláusula séptima indicaba que ante un eventual incumplimiento, el prestamista podría iniciar las acciones legales pertinentes para recuperar su dinero, para lo cual en la siguiente cláusula (octava) se constituyeron como codeudores solidarios María Teresa Panetta, Facundo Javier Garade Panetta y María Verónica Garade Panetta, todos domiciliades en el décimo piso del edificio de 27 de abril 424, en pleno centro, donde funcionan las coquetas oficinas de la sociedad. Las firmas fueron certificadas por la escribana pública Rosa Edelma Echetto, a propuesta de la familia Garade Panetta.
Las siglas de la sociedad TVF SA se corresponden con los nombres de pila de sus accionistas: Teresa, Facundo y Verónica, todes abogades de prosapia radical y fuertes vínculos con el poder político mediterráneo: Verónica Garade es legisladora provincial por el radicalismo –responde al sector interno del ex intendente Ramón Mestre- e integrante del estratégico Jurado de Enjuiciamiento. Su mamá, María Teresa Panetta, fue funcionaria del gobierno de Ramón Mestre padre.
La última cena
Los Panetta son recordados en Córdoba, entre otras cosas, por un episodio policial: cerca de la Navidad de 2016 celebraran una cena en su coqueta vivienda de barrio Cofico con reconocidas figuras del ámbito judicial, político y económico de la provincia, cuando fueron asaltados a punta de pistola. Entre los asustados comensales estaban la hoy presidenta del PAMI Córdoba, Olga Riutort, el difunto juez federal Luis Roberto Rueda, el ex secretario de Transporte de Mestre Juan Pablo Díaz Cardeilhac (además yerno de Panetta), el juez Sebastián López Peña (hasta el año pasado presidente del TSJ), el contador Osvaldo Weiss, el afamado abogado penalista Carlos Hairabedián, el ex fiscal general de la Provincia Darío Vezzaro –recientemente imputado en Río Cuarto como partícipe necesario de exacciones ilegales junto al fiscal Daniel Miralles- y el empresario correntino Herman Kanster, entre otros. La selecta lista de comensales fue difundida por el diario La Nueva Mañana dos años después, cuando comenzó en tiempo récord el juicio oral y público donde se juzgó a los seis asaltantes, entre los que estaba nada menos que el jefe de investigaciones de Villa Allende, subcomisario Víctor Barrionuevo.
Los Garade Panetta cumplieron con las tres primeras cuotas del préstamo acordado con González, pero en 2015 le dejaron de pagar. En diciembre de 2016, González se presentó en los Tribunales de Córdoba para reclamar la devolución de poco más de un millón de dólares (U$ 1.116.156 para ser precisos) más los intereses devengados desde que se interrumpieron los pagos. Un año más tarde, presentó una denuncia penal por defraudación y estafa (Expediente N° 6814311), que fue archivada sin más por el audaz fiscal Tomás Casas.
El expediente del reclamo de pago a la familia Panetta se tramita bajo la carátula “González, Luis Tomás c/ TVF SA y otros – Ejecutivo – N° 6214539” y los demandados interpusieron todo tipo de “chicanas” para demorar el trámite judicial: excepciones inoponibles en un juicio ejecutivo, ofrecimiento de prueba innecesaria abusando de la libertad probatoria, impugnaciones de escrituras públicas sin prueba y todo tipo de argucias para empantanar un juicio ejecutivo que por su naturaleza debería ser rápido. Mal no les fue con la estrategia: en diciembre último, a seis años de iniciado el juicio, González todavía no había logrado una sentencia favorable que le devuelva el dinero prestado. En el camino, el juzgado de primera instancia (16 Civil y Comercial) y una Cámara Civil (Sexta Civil y Comercial) rechazaron un pedido de perención de instancia –una figura que supone que el demandante perdió interés en el pleito-, con lo que todo parecía allanado hacia la ansiada sentencia reparatoria que obligara a los Panetta a devolverle su dinero a González.
Pero intervino el TSJ de Córdoba.
La Sagrada Familia
En un hecho sin precedentes que podría –debería- llevarlos a enfrentar un juicio político, tres vocales del TSJ –los ya mencionados Sesín, Angulo y Cáceres de Bollati- admitieron un recurso directo en queja de la influyente familia Panetta –en rigor, de la sociedad TVF S.A., que tiene entre sus letrados al inefable Gustavo Liebeau, el “civilista” del caso Dalmasso- y revocaron lo que habían decidido la jueza de 16 Nominación y la Cámara Civil de Sexta Nominación, que rechazaron por improcedente el Incidente de Perención de Instancia. La Cámara también rechazó el recurso de casación al TSJ por inadmisibilidad formal (no cumplía siquiera con las formalidades estipuladas por la ley).
La doctrina y jurisprudencia del propio TSJ indica que, al menos durante el último cuarto de siglo, un auto interlocutorio de Cámara que rechaza un incidente de perención de instancia no es recurrible vía casación. Pero entonces ocurrió el milagro: el 20 de noviembre de 2020 el TSJ emitió el Auto Interlocutorio N° 219, que en parte decía: “La resolución impugnada, a tenor de lo esgrimido por el impugnante en el escrito de queja, resultaría susceptible de ocasionar un gravamen irreparable al interés sustantivo de la parte, por lo que, a este respecto, la decisión asume el carácter de sentencia definitiva en los términos del Art. 384 del C.P.C…” Dicho en criollo, el TSJ les daba la razón (sin dar razones y remitiéndose a dichos de los Panetta) a los contertulios de la cena compartida años atrás con López Peña, hasta el año pasado presidente del TSJ.
El expediente volvió entonces a la Cámara Séptima Civil y Comercial, que falló de idéntica manera que sus pares de la Cámara Sexta, denegando por cuarta y quinta vez el pedido de perención de instancia presentado por los Panetta. Que volvieron a recurrir en queja el TSJ y… ¡les volvió a admitir el recurso! Que, once meses después –los plazos razonables de este tipo de fallos rara vez exceden los seis meses- y en consonancia con el desarrollo del Mundial de Qatar, el 24 de noviembre dictó el insólito Auto Interlocutorio N° 237, que en un maravilloso pase de magia hace desaparecer de una vez y para siempre la millonaria deuda de la familia Panetta al declarar la caducidad de instancia y, por tanto, sentenciar la derrota judicial del productor González, cuya mayor desgracia pareciera ser haber nacido en Rosario y no en La Docta.
El insólito y arbitrario fallo del TSJ contradice todas y cada una de las resoluciones emitidas en las instancias judiciales inferiores (un juzgado de primera instancia y dos Cámaras civiles) a lo largo de una década de litigio y se opone a la propia jurisprudencia del máximo tribunal de la Provincia. Pero hace honor al espíritu solidario de la Sagrada Familia Judicial de Córdoba.