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Río Cuarto: tres fallos "ejemplificadores"
El paraíso de la impunidad
Foto: El \"suicidio\" de Silvio Robledo quedó impune La Justicia le impuso las costas del proceso a la familia de la víctima.
La Justicia de Río Cuarto condenó a un periodista, dejó sin juicio a una víctima de vejación policial y absolvió a los responsables de una muerte en la cárcel
Publicada el en Crónicas

Agosto de 2015 será inolvidable para el nutrido calendario de la impunidad en los Tribunales de Río Cuarto. Tres fallos producidos en las últimas semanas demuestran el carácter clasista, arbitrario y discriminatorio de los magistrados que trabajan en esta circunscripción judicial ante el silencio complaciente del Colegio de Abogados. Afectos al poder, implacables con los débiles, varios camaristas –del fuero penal y civil- hablaron a través de sus fallos, exhibiendo sin pudor la distinta vara con que juzgan a los ciudadanos según se trate de empresarios, médicos o funcionarios con vinculaciones sociales y/o protección política o anónimos ciudadanos humillados por su condición social, o incluso periodistas que se atreven a cuestionarlos.

Esta mañana, ante la incredulidad y el estupor de los familiares de la víctima, la Cámara Segunda del Crimen que preside el cordobés Emilio Andruet –el mismo que marchó en febrero por las calles de la ciudad clamando justicia por el fiscal Alberto Nisman- absolvió de culpa y cargo a los dos únicos imputados del irregular proceso en el que se investigó la muerte de Silvio Robledo, el joven “suicidado” hace cinco años en la cárcel de la ciudad.

La versión oficial indica que en abril de 2010, Silvio Robledo intentó suicidarse provocándose una herida cortante en el brazo. Que fue derivado a la enfermería, donde luego de practicarle las curaciones de rigor, le dieron el “alta médica”. Y que el jefe de seguridad del penal no tuvo mejor idea que derivarlo a una celda de aislamiento por considerar que la autoagresión del interno merecía el condigno castigo medieval. En esa celda Robledo se habría quitado la vida horas más tarde. Según la autopsia, habría muerto por ahorcamiento.

Conocí a la madre de Robledo a los pocos días de la muerte de su hijo, cuando fui a hacerle una entrevista para la revista El Sur. Nunca olvidaré la angustia de esa madre que me contaba cómo le negaron ver a su hijo diciéndole que estaba todo bien cuando su intuición de madre le indicaba todo lo contrario. El director de la cárcel, prima facie principal responsable de que un interno haya muerto en donde se supone garantizan su seguridad, ni siquiera fue procesado. Su oportuno traslado a otro penal de la provincia evitó que estuviera sentado en el banquillo de los acusados. Ahora se pidió investigarlo por falso testimonio.

Pese a la existencia de un video interno del establecimiento que demostraba palmariamente cómo trasladaban al joven hacia la enfermería como si fuera un animal y de que se probara que lo enviaron a una celda de aislamiento digna de cárceles medievales, la Cámara que preside Andruet absolvió de culpa y cargo a los dos imputados que quedaron enganchados en la causa que –es bueno aclararlo-, hubiera quedado en el olvido de no ser por las movilizaciones realizadas por los famiiares y amigos de Robledo.

El joven Robledo murió solo, aislado, en una celda de castigo. Supuestamente se ahorcó (¿?), pero para la Justicia de Río Cuarto nadie es responsable de su muerte. Es más, Andruet le impuso las costas del proceso a los querellantes, pese a que el caso fue impulsado por el Ministerio Público Fiscal (intervinieron un fiscal de instrucción y un fiscal de Cámara). Al dolor de la pérdida y la frustración de la impunidad, la madre y el hermano de la víctima deberán agregar el costo económico del proceso judicial.

Fiesta en la Alcaidía

Nancy Carena es una mujer de condición humilde que trabajaba haciendo la limpieza en la Alcaidía de la Unidad Regional N° 9 de Río Cuarto. Denunció que fue vejada por dos policías y presenció cómo se vendía droga y alcohol a los detenidos. Su relato causó conmoción en el poder político por cuanto mostró que en la mismísima sede de la jefatura de Policía de la segunda ciudad de la provincia se realizaban por las noches inconfesadas orgías con profusión de alcohol y droga. Entusiasta, hace unos días me envió una invitación por Facebook para que asistiera, por fin, al juicio oral que se haría en estos días, donde podría contar su verdad ante un tribunal.

Carena fue humillada, tratada de mentirosa, amenazada. Su vida se convirtió en un calvario. Pero no se calló. Esperó pacientemente a que el moroso fiscal de instrucción Julio Rivero –hoy ascendido a fiscal de Cámara- pidiera la elevación de la causa a juicio. Su expectativa aumentó cuando se convocó a jurados populares. Nancy tendría la oportunidad de denunciar en un juicio oral y público cómo fue vejada por los funcionarios policiales.

Era demasiado para la Justicia de Río Cuarto, que prefirió esconder la tierra bajo la alfombra y acordar un juicio abreviado con los defensores de los imputados, que admitieron su culpa. Resultado: fueron condenados, pero no irán a prisión porque el acuerdo incluyó la aplicación de penas mínimas que no son de cumplimiento efectivo.

Matar al mensajero

Nora Raquel Dalmasso fue asesinada en su propia casa de Villa Golf la madrugada del 25 de noviembre de 2006. El femicidio tenía todos los condimentos para convertirse en la novela mediática de ese verano: sexo, dinero y poder. Desde el estudio jurídico de Daniel Lacase, “vocero” y amigo del viudo –con quien dice haber estado en Uruguay el fin de semana del crimen-, se alimentó la voracidad mediática con historias de amantes que sembraron la ciudad de rumores que apuntaban al abogado Rafael Magnasco, por entonces funcionario del área de Seguridad del gobernador José Manuel De la Sota.  En conferencia de prensa, el viudo Marcelo Macarrón –flanqueado por su “vocero” Lacase y su hijo Facundo- dijo ante los medios de prensa de todo el país que “perdonaba” a su esposa por sus infidelidades (¿?!).

La causa tuvo tres imputados: el propio Magnasco, acusado de ser amante de Nora (la requisitoria fiscal no menciona siquiera que la haya asesinado); el “perejil” Gastón Zárate (que por esos días trabajaba como pintor en la casa de Villa Golf); y Facundo Macarrón. La imputación de este último fue producto del azar: al ordenar que todos los que presuntamente habían contaminado la escena del crimen se hicieran un análisis de ADN, saltó que las muestras genéticas del presunto asesino eran idénticas a las de Félix Macarrón, suegro de la víctima. Di Santo consideró el hallazgo como una prueba “indubitable” de la presencia en la escena del crimen de un Macarrón e imputó a Facundo como presunto autor de matricidio. Pero los laboratorios del FBI lograron ponerle nombre propio a las muestras de ADN que el Ceprocor sólo había identificado parcialmente: Marcelo Eduardo Macarrón. Di Santo desincriminó a Facundo, pero no imputó al viudo.

La Cámara Civil N° 1 de Río Cuarto ratificó el fallo de primera instancia y me condena a indemnizar al imputado, su hermana y el principal donante del ADN hallado en la escena del crimen, el cuerpo de la víctima y el cinto de toalla con que la estrangularon. Soy el único condenado del país por el caso más mediático de la década y debo pagarle a la familia Macarrón la friolera de 75.000 pesos, más honorarios de abogados y costas del proceso. Mientras, la causa por el crimen de Nora Dalmasso está sin fiscal desde mayo porque Di Santo se tuvo que apartar ante una denuncia del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Río Cuarto, que probó que en los últimos dos años de instrucción, su único acto procesal fue hacer un juego de fotocopias del expediente a pedido de los querellantes.

Un agosto inolvidable para los Tribunales de Río Cuarto. ¿Alguna autoridad provincial y/o nacional tomará debida nota de lo que está sucediendo en esta ciudad en materia de (in)justicia?

Hernán Vaca Narvaja
- Periodista y escritor -